OFAC emite licencia GL 48 para permitir operaciones específicas de petróleo y gas en Venezuela bajo ley estadounidense
La licencia amplía el margen para operaciones energéticas específicas en Venezuela, pero bajo control contractual estadounidense.
La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EE. UU. autorizó que en Venezuela se puedan realizar transacciones relacionadas con la exploración, desarrollo y producción de petróleo y gas, bajo el cumplimiento de ciertas condiciones.
La entidad emitió una licencia (GL 48) para permitir actividades operativas específicas en el sector energético venezolano, bajo jurisdicción estadounidense y sin levantar las sanciones estructurales vigentes.
Según explicó AmCham Colombia, la autorización aplica incluso cuando las operaciones involucren al Gobierno de Venezuela, PDVSA o entidades donde la petrolera tenga participación mayoritaria, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
La licencia autoriza transacciones “ordinariamente incidentales y necesarias” para suministrar desde EE. UU. o por ciudadanos estadounidenses bienes, tecnología, software o servicios destinados a la exploración, desarrollo o producción de petróleo y gas en Venezuela.

¿Qué se autorizó y qué no para Venezuela?
De acuerdo con AmCham, la medida incluye procesamiento de pagos, servicios de logística y transporte (incluido fletamento de buques), seguros marítimos y cobertura P&I, además de servicios portuarios y de terminales, así como mantenimiento, reparación y reacondicionamiento de equipos para operaciones petroleras o gasíferas.
Además, deberá cumplir ciertas condiciones para que las transacciones estén autorizadas:
1. Los contratos con el Gobierno de Venezuela o PDVSA deben establecer que se rigen por leyes de EE. UU. y que cualquier disputa se resolverá en territorio estadounidense.
2. Los pagos a personas bloqueadas (salvo impuestos o tasas locales) deben realizarse a través de cuentas designadas por el Tesoro estadounidense, conforme a la Orden Ejecutiva 14373.
Además, se restringen los pagos no comercialmente razonables, swaps de deuda, pagos en oro o criptomonedas emitidas por el Gobierno venezolano (incluido el petro), así como transacciones con personas o entidades vinculadas a Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China.
Tampoco se podrá hacer el desbloqueo de activos previamente sancionados, ni operaciones con embarcaciones bloqueadas. También se restringe la creación de nuevas empresas o joint ventures para explorar o producir petróleo o gas en Venezuela, o la exportación o reexportación de diluyentes hacia Venezuela.
Así impacta la decisión a empresas colombianas
Aunque la autorización está dirigida a operaciones realizadas desde territorio estadounidense o por personas de ese país, también abre oportunidades indirectas para empresas colombianas.
Especialmente, en segmentos auxiliares de la cadena de valor como logística, transporte marítimo, seguros, servicios portuarios, mantenimiento y reparación de equipos.
En ese contexto, compañías con capacidades en ingeniería y mantenimiento industrial, transporte regional, suministro de repuestos y servicios técnicos especializados podrían participar como proveedoras o subcontratistas de firmas estadounidenses autorizadas.
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Publicado por Massimo Di Santi
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